Marco aplicable
Cada control indica si es una obligación del Reglamento (UE) 2024/900 o una medida técnica de esta aplicación. La lista no sustituye la lectura del Reglamento.
Cada anuncio político debe ir acompañado de la declaración de que lo es. La etiqueta permanece si el anuncio se difunde de nuevo.
Obligación legal
Art. 11.1.a y 11.3 del Reglamento (UE) 2024/900
Identidad del patrocinador: nombre, correo y, si no es persona física, lugar de establecimiento. La dirección postal solo si es pública.
Obligación legal
Art. 11.1.b y 12.1.a del Reglamento (UE) 2024/900
Si existe una entidad que controla en última instancia al patrocinador, debe identificarse.
Obligación legal
Art. 11.1.b y 12.1.a del Reglamento (UE) 2024/900
Cuando el anuncio está vinculado a una elección, un referéndum o un proceso legislativo o reglamentario, debe indicarse.
Obligación legal
Art. 11.1.c y 12.1.g del Reglamento (UE) 2024/900
Si el anuncio se vincula a unas elecciones o a un referéndum, el aviso incluye enlaces a información oficial sobre la participación.
Obligación legal
Art. 12.1.h del Reglamento (UE) 2024/900
Periodo durante el cual está previsto publicar, entregar o difundir el anuncio.
Obligación legal
Art. 12.1.c del Reglamento (UE) 2024/900
Importes y valor de otras prestaciones del anuncio y, en su caso, de la campaña, con la metodología de cálculo.
Obligación legal
Art. 12.1.d y 12.1.f del Reglamento (UE) 2024/900
Origen público o privado de los importes y prestaciones, y si proceden de dentro o de fuera de la Unión.
Obligación legal
Art. 12.1.e del Reglamento (UE) 2024/900
Aviso de transparencia completo, consultable durante la publicación, actualizado y conservado con sus modificaciones durante siete años desde la última publicación. Si la información no puede completarse, el anuncio no se pone a disposición.
Obligación legal
Art. 11.1.e, 12.2, 12.3 y 12.4 del Reglamento (UE) 2024/900
Cuando el anuncio está disponible electrónicamente, el aviso se ofrece también en formato legible por máquina.
Obligación legal
Art. 12.3 del Reglamento (UE) 2024/900
El patrocinador declara si el servicio es publicidad política. La exactitud de esa declaración corresponde al patrocinador.
Obligación legal
Art. 7.1 del Reglamento (UE) 2024/900
En los tres meses anteriores a una elección o referéndum, el servicio solo se presta a quien declare ser ciudadano de la Unión, nacional de un tercer país que resida de forma permanente en la Unión y tenga derecho de voto, o persona jurídica establecida en la Unión no controlada en última instancia por un nacional o una persona jurídica de un tercer país.
Obligación legal
Art. 5.2 y 7.1 del Reglamento (UE) 2024/900
Durante el mes anterior a la elección o el referéndum, las notificaciones vinculadas se tramitan en 48 horas si pueden resolverse con la información recibida. Las microempresas y las pymes harán todo lo posible por tramitarlas sin demora indebida.
Obligación legal
Art. 15.7 del Reglamento (UE) 2024/900
Mecanismo gratuito y fácil para notificar un anuncio que pueda no cumplir el Reglamento, accesible desde el aviso, con acuse de recibo.
Obligación legal
Art. 15 del Reglamento (UE) 2024/900
La segmentación o la entrega con datos personales solo si el interesado los proporcionó y dio un consentimiento expreso y separado para publicidad política. No se usan datos obtenidos de terceros.
Obligación legal
Art. 18.1.a y 18.1.b y considerando 78 del Reglamento (UE) 2024/900
Prohibidas las técnicas de segmentación o de entrega que elaboren perfiles con categorías especiales de datos personales.
Obligación legal
Art. 18.1.c y considerando 77 del Reglamento (UE) 2024/900
Si se conoce con certeza razonable que una persona está al menos un año por debajo de la edad de voto, no se utiliza en segmentación o entrega de publicidad política. No obliga a tratar más datos para averiguar la edad.
Obligación legal
Art. 18.2 del Reglamento (UE) 2024/900
El artículo 18 no se aplica a las comunicaciones a miembros, antiguos miembros o suscriptores basadas solo en datos de suscripción aportados por ellos, sin segmentar ni orientar el mensaje.
Obligación legal
Art. 18.3 del Reglamento (UE) 2024/900
Si se usan técnicas de segmentación o de entrega, el aviso informa de grupos, categorías, lógica, parámetros, uso de inteligencia artificial, periodo, número de personas y la vía para modificar datos o retirar el consentimiento.
Obligación legal
Art. 19.1 del Reglamento (UE) 2024/900
Registros del servicio y avisos de transparencia, con sus modificaciones, durante siete años desde la última preparación, publicación o difusión, según el caso.
Obligación legal
Art. 9.3 y 12.4 del Reglamento (UE) 2024/900
El alcance en visualizaciones e interacciones se incluye cuando proceda y sea técnicamente viable. Su ausencia no bloquea por sí sola la publicación.
Obligación legal
Art. 12.1.m del Reglamento (UE) 2024/900
El considerando 78 pone como ejemplo limitar la combinación a un máximo de cinco categorías. No es un tope cifrado en el articulado. Esta aplicación aplica ese ejemplo como medida técnica.
Medida técnica recomendada
Considerando 78 del Reglamento (UE) 2024/900
Cada cambio del aviso crea una versión nueva. La anterior no se sobrescribe. Así se conservan las modificaciones.
Medida técnica recomendada
Medida técnica para cumplir el art. 12.4
El registro de auditoría no se puede borrar desde la aplicación. No es, por sí mismo, un artículo del Reglamento.
Medida técnica recomendada
Medida técnica de trazabilidad
Verde, naranja y rojo describen el estado funcional de los datos. No certifican el cumplimiento jurídico.
Medida técnica recomendada
Indicador interno de la aplicación
La confirmación en dos pasos del formulario público de alta no sustituye al consentimiento expreso del art. 18 cuando hay segmentación de publicidad política.
Medida técnica recomendada
Práctica de la Ley 34/2002 y del RGPD para comunicaciones electrónicas
Información del prestador en el sitio y vía de baja de comunicaciones electrónicas. Es normativa española, distinta del Reglamento (UE) 2024/900.
Obligación legal
Arts. 10 y 22 de la Ley 34/2002